Se abre la veda: las cláusulas de rescisión no llevarán IRPF

Hacienda establece que ya no se pague el 48% de IRPF, será la venta con menos carga fiscal


Danilo y Kovacic han sido los dos grandes fichajes del Real Madrid en este verano




La Dirección General de Traspasos (DGT) ha establecido una resolución vinculante por la que ahora, el pago de las cláusulas de rescisión de los jugadores de fútbol, esté exenta de realizar el tributo correspondiente al IRPF (impuesto de la Renta de las Personas Físicas), que anteriormente era del 48%. Esto suponía un sobrecoste en el pago de un jugador por medio de su cláusula.

Con esta nueva normativa, el pago de la cláusula de rescisión es ahora la operación con menos carga impositiva para los clubes. Hay que recordar que los clubes ya estaban exentos del IVA. Un ejemplo sería el siguiente: si un jugador tiene una cláusula de rescisión de 100 millones, el club que quisiera hacerse con él, debería abonar esos 100 millones más los 48 millones de IRPF;  en total la operación se pondría en 148 millones de euros. Con la nueva normativa, los clubes estarán exentos de pagar esa plusvalía en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Para los traspasos acordador entre clubes se seguirá pagando la cantidad acordada más el 21% de IVA. Con esta nueva normativa, será más rentable pagar la cláusula que no un traspaso en cantidades levemente inferiores. Se dieron casos rocambolescos como el de Griezmann por el Atlético de Madrid;  el conjunto rojiblanco pagó 30 millones a la Real Sociedad, misma cantidad que la cláusula; al ser traspaso, el Atleti pagó el IVA y no el IRPF. El Real Madrid también vivió esta situación con los fichajes de Figo o Sergio Ramos.